Rehabilitación de baja definitiva
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Rehabilitación de baja definitiva
Muy buenos dias a todos, me han ofrecido comprar una Dingo 49cc de 1973, la amotico está en buenas condiciones, con una buena limpieza se quedaria como nueva, lleva el deposito blanco con una raya roja en medio, lo demas es en blanco, no se que seri será, lleva las marchas en el pie, no estoy muy puesto en Guzzi.
Inconvenientes; la motico esta con su matricula amarilla (que me dio una alegria al verla con matricula, que un poco mas se me saltan las lagrimas), mi sorpresa es cuando he comprovado que se encuentra de baja definitiva y voluntaria, (supongo que con baja definitiva no se podrá volver a arreglar la documentacion).
No se si comprarla, por que he pensado que me podria servir para piezas, pero y si despues no encuentro una igual?, o comprarla y venderla por piezas, como donante para arraglar otras, se que acabará en la chatarreria y echa una paquete de 50 kilos de hierro.
Si alguien me puede aconsejar, abrere otro post en documentacion haber si a alguien le ha pasado igual con lo de la baja definitiva. Es que tener una amotico sin documentacion, no me gusta, para que la quiero? para tenerla guardada? no se.
Un saludo a todos y gracias de antemano.
Inconvenientes; la motico esta con su matricula amarilla (que me dio una alegria al verla con matricula, que un poco mas se me saltan las lagrimas), mi sorpresa es cuando he comprovado que se encuentra de baja definitiva y voluntaria, (supongo que con baja definitiva no se podrá volver a arreglar la documentacion).
No se si comprarla, por que he pensado que me podria servir para piezas, pero y si despues no encuentro una igual?, o comprarla y venderla por piezas, como donante para arraglar otras, se que acabará en la chatarreria y echa una paquete de 50 kilos de hierro.
Si alguien me puede aconsejar, abrere otro post en documentacion haber si a alguien le ha pasado igual con lo de la baja definitiva. Es que tener una amotico sin documentacion, no me gusta, para que la quiero? para tenerla guardada? no se.
Un saludo a todos y gracias de antemano.
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Hola, si dices que está matriculada en tráfico no tienes problema para darla de alta ya ellos tienen los datos que necesita la ITV, tendrás que pasar de nuevo ITV, te harán un duplicado de la ficha técnica y luego el resto del proceso en tráfico normal.Otra cosa es si no está matriculada y no dispones del certificado de características antiguo. Saludos.
Derbigpr- Amotiquero Cadete
- Localización : Pontevedra
Fecha de inscripción : 27/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Por lo que tenguo entendido si esta de baja de finitaba no tendras mas que demostrar la propiedad de la moto y pasar la ITV en el caso de que estubiera de baja provisional lo tendrias un poco mas conplicado ya que el que tendria que darla de alta seria el que la dio de baja provisional pero me pared que estas de suerte y no tendras mas conplicaciones que la de ir a la ITV
Peregrino- Amotiquero Senior
- Localización : Asturias
Fecha de inscripción : 21/02/2010
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Bien, muchas gracias por la informacion, ya tengo Guzzi dingo, otra mas a la coleccion, y lo mas bonito que antes se me olvido de decirlo, por 50 €.
Ahora he estado indagando por internet y todos los tiros van encaminados a que si se puede,
y con vuestros comentarios, pues..... me habeis alegrado el dia. Mirad:
Artísaco 38. Rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva.
El titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehísaco que haya causado baja definitiva en el Registro podrá obtener de nuevo el permiso o licencia de circulación cuando lo solicite de la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio legal o de aquella en que fue matriculado el vehísaco, acompañando los documentos que se indican en el anexo XV y siempre que el vehísaco sea declarado apto para circular por el órgano competente en materia de Industria, previo reconocimiento del mismo dirigido a verificar que reúne las condiciones técnicas previstas en el presente Reglamento. La Jefatura de Tráfico que expida el permiso o licencia de circulación lo comunicará al Ayuntamiento del domicilio legal del titular del vehísaco.
ANEXO XV.
BAJAS Y REHABILITACIÓN DE LOS VEHÍCULOS.
Bajas definitivas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artísaco 35, apartados 1 y 4 de este Reglamento, cuando el titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehísaco quiera retirar el mismo de la circulación de forma permanente, o pretenda su traslado a otro país donde vaya a ser matriculado, deberá presentar los documentos siguientes:
Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico.
Tasa por el importe legalmente establecido.
Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican en el apartado A, números 1 y 3 del anexo XIII, sobre la matriculación.
Permiso o licencia de circulación y tarjeta de inspección técnica o certificado de características del vehísaco. En caso de extravío o sustracción se aportará manifestación escrita al efecto, y fotocopia de la denuncia de la sustracción.
Original y fotocopia del documento acreditativo de haberse abonado el último recibo puesto al cobro del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, o justificante de su exención.
Impreso de baja del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Si se trata de vehísaco especial agrícola, documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
De tratarse de un traslado a un Estado que no sea parte del Acuerdo EEE, deberá acreditarse que se está preparando la exportación legal del vehísaco.
En el caso de baja por traslado a otro país de un vehísaco que está afectado por derechos que limitan la facultad de disposición, documento que acredite la cancelación del impedimento o el consentimiento del acreedor o de la persona favorecida por la inscripción.
En caso de fallecimiento del titular, si la persona que resulte adjudicataria definitiva del vehísaco quisiera darlo de baja, aportará además: la declaración de herederos o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades o cuaderno particional en el que conste la adjudicación del vehísaco
Rehabilitación de los vehículos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artísaco 38 de este Reglamento, el titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehísaco dado de baja definitiva en el Registro de Vehículos, podrá obtener de nuevo el permiso o licencia de circulación presentando los siguientes documentos:
Solicitud en impreso de modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico.
Tasas por el importe legalmente establecido.
Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican en el apartado A, números 1 y 3 del anexo XIII, sobre la matriculación.
A la vista de esta documentación la Jefatura de Tráfico dirigirá un oficio al órgano competente en materia de lndustria para que someta al vehísaco a una inspección y expida la correspondiente tarjeta de inspección técnica o certificado de características. Una vez expedido este documento se deberá presentar para la rehabilitación del vehísaco:
Tarjeta de inspección técnica o certificado de características.
Autoliquidación, por triplicado, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, o justificante de su exención en su caso.
En el supuesto de que solicite la rehabilitación tercera persona distinta del titular, documento que acredite el pago, la exención o no sujeción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Si el vendedor es un empresario que actúa en el ejercicio de su actividad, podrá ser eximido de la presentación del citado documento.
En el caso de vehísaco especial agrícola, documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
Ahora he estado indagando por internet y todos los tiros van encaminados a que si se puede,
y con vuestros comentarios, pues..... me habeis alegrado el dia. Mirad:
Artísaco 38. Rehabilitación de los vehículos que han causado baja definitiva.
El titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehísaco que haya causado baja definitiva en el Registro podrá obtener de nuevo el permiso o licencia de circulación cuando lo solicite de la Jefatura de Tráfico de la provincia de su domicilio legal o de aquella en que fue matriculado el vehísaco, acompañando los documentos que se indican en el anexo XV y siempre que el vehísaco sea declarado apto para circular por el órgano competente en materia de Industria, previo reconocimiento del mismo dirigido a verificar que reúne las condiciones técnicas previstas en el presente Reglamento. La Jefatura de Tráfico que expida el permiso o licencia de circulación lo comunicará al Ayuntamiento del domicilio legal del titular del vehísaco.
ANEXO XV.
BAJAS Y REHABILITACIÓN DE LOS VEHÍCULOS.
Bajas definitivas.
De acuerdo con lo dispuesto en el artísaco 35, apartados 1 y 4 de este Reglamento, cuando el titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehísaco quiera retirar el mismo de la circulación de forma permanente, o pretenda su traslado a otro país donde vaya a ser matriculado, deberá presentar los documentos siguientes:
Solicitud en impreso modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico.
Tasa por el importe legalmente establecido.
Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican en el apartado A, números 1 y 3 del anexo XIII, sobre la matriculación.
Permiso o licencia de circulación y tarjeta de inspección técnica o certificado de características del vehísaco. En caso de extravío o sustracción se aportará manifestación escrita al efecto, y fotocopia de la denuncia de la sustracción.
Original y fotocopia del documento acreditativo de haberse abonado el último recibo puesto al cobro del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, o justificante de su exención.
Impreso de baja del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.
Si se trata de vehísaco especial agrícola, documento acreditativo de la baja en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
De tratarse de un traslado a un Estado que no sea parte del Acuerdo EEE, deberá acreditarse que se está preparando la exportación legal del vehísaco.
En el caso de baja por traslado a otro país de un vehísaco que está afectado por derechos que limitan la facultad de disposición, documento que acredite la cancelación del impedimento o el consentimiento del acreedor o de la persona favorecida por la inscripción.
En caso de fallecimiento del titular, si la persona que resulte adjudicataria definitiva del vehísaco quisiera darlo de baja, aportará además: la declaración de herederos o testamento acompañado de certificado de últimas voluntades o cuaderno particional en el que conste la adjudicación del vehísaco
Rehabilitación de los vehículos.
De acuerdo con lo dispuesto en el artísaco 38 de este Reglamento, el titular o tercera persona que acredite suficientemente la propiedad de un vehísaco dado de baja definitiva en el Registro de Vehículos, podrá obtener de nuevo el permiso o licencia de circulación presentando los siguientes documentos:
Solicitud en impreso de modelo oficial que facilitarán las Jefaturas de Tráfico.
Tasas por el importe legalmente establecido.
Los documentos que sobre la identidad y representación se especifican en el apartado A, números 1 y 3 del anexo XIII, sobre la matriculación.
A la vista de esta documentación la Jefatura de Tráfico dirigirá un oficio al órgano competente en materia de lndustria para que someta al vehísaco a una inspección y expida la correspondiente tarjeta de inspección técnica o certificado de características. Una vez expedido este documento se deberá presentar para la rehabilitación del vehísaco:
Tarjeta de inspección técnica o certificado de características.
Autoliquidación, por triplicado, del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, o justificante de su exención en su caso.
En el supuesto de que solicite la rehabilitación tercera persona distinta del titular, documento que acredite el pago, la exención o no sujeción del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Si el vendedor es un empresario que actúa en el ejercicio de su actividad, podrá ser eximido de la presentación del citado documento.
En el caso de vehísaco especial agrícola, documento acreditativo del alta en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola.
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Animo motero77, yo creo que vale la pena enredar un poco por ella, seguro que consigues rehabilitarla de nuevo, y piensa que aparte de volver a poner una joyita de esas en circulación, está en tu mano salvarla de un fatal final para ella, yo creo que tienes que intentarlo.
Venga saludos.
TROP....
Venga saludos.
TROP....
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Joerrr que precio si te encuentras con otra que necesite un padre por ese precio y con matricula acuerdate de peregrino que seguro que no le inporta apadrinar
pon foto
:
pon foto
:
Peregrino- Amotiquero Senior
- Localización : Asturias
Fecha de inscripción : 21/02/2010
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Trop ya es mía. Peregrino, me acordare, no te preocupes, pero a ese precio muy pocas, un chollo he pillado.
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Si que es un chollo, estas son muy bonitas. Animo con ella, y no estaria mal unas afoticos de la amotico para darnos envidia,sana, jeje
Chano- Amotiquero Junior
- Localización : Valdemoro (MAD)
Fecha de inscripción : 19/04/2008
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Motero77 escribió:Gracias Kaezet por su informacion, muy valiosa para mi. Ya he localizado una igualita para hacerle copia a la ficha tecnica, por que resulta que se encuentra en baja definitiva voluntaria, ya me he informado que se puede rehabilitar, pero hay un contratiempo, el propietario falleció en 2007 y su DNI está cumplido, tengo que demostrar que la moto es mia, y no se como, quiero hacer un contrato de compra venta con sus herederos, son tres hijos, pero la cosa se me ha complicado por que uno no se habla con los otros por cosa de la herencia, asi que creo que me voy a encontrar con un problema, esperemos que todo salga bien, la cosa es que no se como voy a acreditar ante trafico que la moto es mia, si sabes como dimelo porfa, un saludo
Hola Motero, además que te firmen los tres y la esposa, si vive, necesitarías una declaración de herederos y el acta de defunción.
Y cito a la esposa porque por ley los bienes gananciales son en un 50% del cónyuge vivo y en un 50% de los hijos.
Aparte del acta notarial hay otra fórmula, si tienes un amiguete dueño de un taller o de un desguace pídele que te expida una factura por la venta de un ciclomotor dado de baja. Esta factura a tu nombre, con su IVA y todos los datos del vehículo es un TITULO DE PROPIEDAD que va a misa.
Claro, aparte de pagarle el IVA declarado, tendrás invitarle a una buena comida...
Un saludo
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Hola Kaezet, la esposa ya no vive, he hecho un contrato de compra venta con los tres hijos, me deben de dar copia de sus dni, y el acta de defuncion, voy a recoger toda la documentacion que pueda, pero voy a probar suerte de otra forma mas rapida, por si cae, la casa vieja del fallecido se la dejó a su hija (la que me ha vendido la moto), la moto estaba dentro de la casa y voy a intentar que me de copia del testamento, y voy a intentarlo por ahi, ya os ire contando. Un saludo.
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Ojala lo soluciones de esa manera o de otra pero a la vista de el movidon de herencias yo lo que aria es buscar una dingo con matricula de ayutamiento y de dos hacer una y lo que te sobre lo vendes o guardas para recambio
Es una manera de pensar por lo que estoy pasando yo y algunos mas de este foro para poder legalizar las amoticos con certificado o sin documentacion ya es complicado asi que por lo que estas pasando tu no quiero ni imaginarlo
Animos y a delante
Es una manera de pensar por lo que estoy pasando yo y algunos mas de este foro para poder legalizar las amoticos con certificado o sin documentacion ya es complicado asi que por lo que estas pasando tu no quiero ni imaginarlo
Animos y a delante
Peregrino- Amotiquero Senior
- Localización : Asturias
Fecha de inscripción : 21/02/2010
Re: Rehabilitación de baja definitiva
gracias peregrino por tus animos, pero ahi estoy duro y duro, lo que yo tengo es que soy muy cabezon, y en tema de papeles y documentacion lo soy mas, creo que en esta vida no hay alguien que sea mas que nadie, ni menos, ni mas que yo, yo he comprado la moto legalmente y eso va a misa, y tengo un palpito, que a la dingo le arreglo la documentacion y que en la dingo me tengo que pasear muchas veces. Aqui hay pocas dingo y es muy dificil encontrar una y mas con documentacion, se quien tiene una pero no la vende.... que le voy ha hacer, ya ire informando de los pasos que doy, por si a alguien le sirve de algo..... saludos a todos.
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Haber si esa dingo de la que comentas con documentación te puede hacer una fotocopia de la ficha técnica vendría muy bien poder tener una foto copia para preguntar en la ITV o si no me la aceptan pues me servirá de modelo para que el ingeniero me haga una reducida
Gracias
Gracias
Peregrino- Amotiquero Senior
- Localización : Asturias
Fecha de inscripción : 21/02/2010
Re: Rehabilitación de baja definitiva
ok peregrino, cuenta con ella......
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Una pregunta desde cuando esta de baja la moto lo comento porque e estado mirando un poco por ay y según estoy viendo si la moto lleva mas de 5 años de baja con un acta de notario puedes demostrar que eres el propietario independiente mente de si el antiguo propietario este vivo o fallecido
Si la moto a estado menos de cinco años entonces si que te tienes que buscar la manera por otro camino por que según e estado leyendo si a estado menos de cinco no se puede decir que esta en tus manos desde hace cinco años
Si la moto a estado menos de cinco años entonces si que te tienes que buscar la manera por otro camino por que según e estado leyendo si a estado menos de cinco no se puede decir que esta en tus manos desde hace cinco años
Peregrino- Amotiquero Senior
- Localización : Asturias
Fecha de inscripción : 21/02/2010
Re: Rehabilitación de baja definitiva
La moto esta de baja desde 2003, lleva de baja mas de 5 años, peregrino donde has leido eso? para imprimirlo y presentarlo en la Jefatura de Tráfico.
Última edición por Motero77 el 10/4/2010, 21:01, editado 1 vez
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Rebuscando un poco en la maneta buscare y te paso el en lace
Yo por lo que estuve mirando en varios sitios cuando pensé que mi dingo estaba de baja en trafico y me quedo muy claro es que si tu eres propietario de un vehículo lo das de baja definitiva y a los cinco o seis años otra persona esta rehabilitan dolo y demuestra mediante acta notarial o contrato de compra venta puede realizar dicha tramitacion
Ojo si el vehículo esta en baja provisional solo el propietario puede realizar el alta de dicho vehículo
Eso es lo que me quedo muy claro mirando y mirando por Internet otra cosa es que en la DGT Pueda suceder como en las estaciones de ITV que cada una canpa a su libre albedrío
Seguiré rebuscando y lo que sea te lo paso
Yo por lo que estuve mirando en varios sitios cuando pensé que mi dingo estaba de baja en trafico y me quedo muy claro es que si tu eres propietario de un vehículo lo das de baja definitiva y a los cinco o seis años otra persona esta rehabilitan dolo y demuestra mediante acta notarial o contrato de compra venta puede realizar dicha tramitacion
Ojo si el vehículo esta en baja provisional solo el propietario puede realizar el alta de dicho vehículo
Eso es lo que me quedo muy claro mirando y mirando por Internet otra cosa es que en la DGT Pueda suceder como en las estaciones de ITV que cada una canpa a su libre albedrío
Seguiré rebuscando y lo que sea te lo paso
Peregrino- Amotiquero Senior
- Localización : Asturias
Fecha de inscripción : 21/02/2010
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Vale peregrino gracias.
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Echa un ojo a este en lace
http://www.bmwmotos.com/cgi-bin/yabb2.4/YaBB.pl?num=1258699676/7
http://www.bmwmotos.com/cgi-bin/yabb2.4/YaBB.pl?num=1258699676/7
Peregrino- Amotiquero Senior
- Localización : Asturias
Fecha de inscripción : 21/02/2010
Re: Rehabilitación de baja definitiva
muy interesante, pues eso lo voy a preguntar, si funciona asi, mejor.... gracias.
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
El otro dia charlando con un colega me comento que un conocido suyo tenia una moto extranjera que era imposible de matricular en España por el tema de homologar el tío compro un chasis documentado pero de baja pero con el propietario difunto pregunto y expuso el caso a una gesto ria y en cosa de unos días y por poco dinero creo la gesto ria consiguió resucitar al difunto para que firmara el alta y la trasferencia sin falta de herederos ni nada
Cuento esto para que veáis el arte y bien pagado dinero que piden algunas gestoras para resolver estos problemas
Cuento esto para que veáis el arte y bien pagado dinero que piden algunas gestoras para resolver estos problemas
Peregrino- Amotiquero Senior
- Localización : Asturias
Fecha de inscripción : 21/02/2010
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Peregrino por aqui hay un dicho que dice:
CON EL DINERITO BAILA EL PERRITO......
CON EL DINERITO BAILA EL PERRITO......
Motero77- Amotiquero Senior
- Localización : Casariche (Sevilla)
Fecha de inscripción : 20/12/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Motero77 escribió:La moto esta de baja desde 2003 ...
Umm... Según he leído, no se puede rehabilitar nada dado de baja después del 2002, ya que entonces (en teoría) la baja se hacía en el desguace y obligaban a hacer un certificado de destrucción para que el vehiculo no circulara más. Por lo menos con los coches es así seguro.
Antes de complicarte mucho la vida, pregunta a Tráfico, no sea que no se pueda dar de alta.
saludos
Xavi_369- Amotiquero Senior
- Localización : Tarragona
Fecha de inscripción : 10/07/2009
Re: Rehabilitación de baja definitiva
Buenas,
Por falta de tiempo recurrí a una empresa "Provimad S.L" para solicitar el informe del estado de mí Guzzi Ranchera y hoy he recibido la contestación: está de baja definitiva desde 1990. Después de esto entiendo que no habrán trabas (acudiendo a un notario) para empezar, en su momento, a tramitar la rehabilitación de la amotico.
Saludos
Por falta de tiempo recurrí a una empresa "Provimad S.L" para solicitar el informe del estado de mí Guzzi Ranchera y hoy he recibido la contestación: está de baja definitiva desde 1990. Después de esto entiendo que no habrán trabas (acudiendo a un notario) para empezar, en su momento, a tramitar la rehabilitación de la amotico.
Saludos
Carlos- Amotiquero X-Pro
- Localización : Bétera (Valencia)
Fecha de inscripción : 27/11/2008
Pasar ITV a moto de baja en trafico
Hola os cuento un caso que me ha pasado,voy a pasar la ITV a una motocicleta que esta dada de baja en trafico,en estos casos se lleva un papel de solicitud de pasar la ITV A DICHA MOTOCICLETA Y A NOMBRE MIO, hay que pasar una ITV para hacer nueva ficha técnica ,que cuesta unos 34€ y luego una ITV normal como que todo esta correcto que cuesta unos 14€,pero hasta y todo bien ya que de esta manera he sacado muchos duplicados de ficha técnica,el problema viene cuando me dicen que tengo que abonar 100€ que es lo que a ellos le cobran en MADRID un ingeniero por hacer el duplicado de ficha técnica,DICEN QUE ESTO ES NUEVO ALGUIEN SABE DE ESTO ALGO
SALUDOS
SALUDOS
Mendoza- Amotiquero X-Pro
- Localización : Cartagena (Murcia)
Fecha de inscripción : 17/07/2009
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